La Cooperativa Exa San José Ltda. beneficia a todos sus Socios con un servicio de «Solidaridad», para acceder el Socio debe encontrarse al día con la cuota mensual obligatoria de G 10.000 por cada asociado. La obligación del pago de la cuota rige a partir del ingreso del socio a la Cooperativa, pudiendo abonarse también en forma adelantada por el año.

FORMA DE PAGO: Con relación al sistema de pago, se entiende que la obligación de pago se da por mes vencido, estipulándose un periodo de gracia de 10 días luego de vencido el mes como tolerancia para el acceso a los servicios y beneficios que se otorga al socio beneficiario.

SUBSIDIOS: Ayuda social otorgado por la Cooperativa por:

II POR MATRIMONIO

El Subsidio por matrimonio consiste en una asistencia financiera que la Cooperativa brinda a sus socios/as, por matrimonio; como una forma de ayuda para la etapa inicial de la formación de una nueva familia, y corresponderá solo en el caso del primer matrimonio.

1) Serán beneficiarios de este subsidio todos los/las socios/as de la Cooperativa, que reúnan los sigts. Requisitos:

  • Antigüedad mínima: seis meses
  • Estar al día, de conformidad con lo establecido por el Cap. I, Art.6º de este reglamento.
  • Presentar una solicitud por parte del interesado a la Cooperativa, en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la fecha del matrimonio.
  • Presentar certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil de las Personas.

2) El monto del subsidio queda establecido de la sigt, forma:

  • Matrimonio de un socio: G 500.000
  • Matrimonio de dos socios: G 1.000.000

III B. POR NACIMIENTO DE HIJO

El subsidio por nacimiento consiste en una ayuda financiera que la Cooperativa brinda a sus socios/as, por el nacimiento de hijos/as, asistiéndolos para cubrir parcialmente los gastos propios del parto, sean estos parto normal o cesárea y adopción.

Serán beneficiarios de este subsidio, todos los socios/as de la Cooperativa COOPEXSANJO LTDA. que reúnan los sigts, requisitos:

  • Contar con una antigüedad mínima de 10 meses como socio/a de la Cooperativa.
  • Estar al día, de conformidad con lo establecido por el Cap I Art.6º de este reglamento.
  • Presentar certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil
  • Sentencia judicial de adopción plena, en caso de adopción.
  • 2Presentar una solicitud del subsidio a la Cooperativa, por parte del o los interesados en un plazo máximo de 60 días contados a partir de la fecha del nacimiento.

3) El monto del subsidio queda establecido de la sigt. Manera:

  • P/Maternidad/Paternidad Un Socio G 750.000
  • P/Maternidad/Paternidad Ambos Socio G 1.500.000
  • Adopción Plena G 750.000 G 1.500.000

IV POR FALLECIMIENTO

El Subsidio por fallecimiento, como su nombre lo indica consiste en una asistencia financiera y solidaria de la Cooperativa para con sus socios/as y familiares en caso de fallecimiento del socio/a o familiar, sea el caso de cónyuge, hijos menores y padres del socio/a. Este subsidio corresponderá para aquellos casos que no reúnan los requisitos para acceder al servicio de sepelio

REQUISITOS:

  • Estar al día, de conformidad con lo establecido por el Cap I Art.6º de este reglamento.
  • Contar con una antigüedad mínima de 12 (doce) meses
  • Presentar una solicitud firmada por el socio o sus herederos (en caso de fallecimiento de socio) a la Cooperativa, acompañada del certificado de defunción, fotocopias de cédula y demás documentos que prueben la relación de parentesco de los firmantes, y autorización escrita otorgada por los familiares a un representante para el retiro del subsidio. A falta de representante autorizado, el subsidio será abonado al familiar que presente comprobantes de pago por los servicios fúnebres.
  • La presentación de la solicitud del subsidio deberá hacerse efectiva, en un plazo máximo de 60 sesenta días contados a partir del fallecimiento.
  • Por Fallecimiento del Socio: Monto: G 1.500.000, a ser abonado (al familiar autorizado por todos los herederos o en su defecto según lo establece el punto 2 c)
  • Por Fallecimiento del Cónyuge: Monto: G 1.000.000 ( al cónyuge socio)
  • Por Fallecimiento del Hijo/a menores de edad: Monto: G 1.000.000 (al progenitor/a socio/a)
  • Padre o Madre: Monto: G 750.000 ( a los hijos/as socios/as)
  • El Subsidio por fallecimiento será otorgado una sola vez, y bajo la modalidad que corresponde según sea: socio, cónyuge, hijo, padre/madre, a la persona que sea autorizada por todos los herederos. El cobro del subsidio en una de las categorías, excluye el de las demás, no pudiendo abonarse a más de una categoría de subsidio por suceso. Cuando se dieran dos causales simultáneas de subsidio de un mismo beneficiario, éste será beneficiado con el subsidio de mayor monto

V POR ENFERMEDAD GRAVE

Se crea este Subsidio, a fin de dar respuesta a situaciones de extrema necesidad, por las que eventualmente pudiera atravesar algún asociado de la Cooperativa, por afectación personal o familiar por causa de enfermedades graves contempladas por el Anexo N°:01 del presente Reglamento, demostradas clínicamente mediante informe médico especializado y de laboratorio,
El subsidio será aplicado en primer lugar para los socios que tengan deudas con la Coopexsanjo y que a raíz del problema de salud personal o de algún familiar se encuentren imposibilitados del cumplimiento de pago de sus deudas con la Cooperativa.
Alcance: Este servicio será aplicado para tratamiento de enfermedad donde la vida corra serio riesgo, sea personal del socio o familiar. Entiéndase por familiar casos de hijos, cónyuge, padres, nietos
El monto del subsidio será definido en cada caso previo estudio del Comité de Solidaridad tomando en cuenta la situación y los documentos presentados por el socio. En ningún caso el monto del subsidio podrá superar el límite de G 10.000.000, y será otorgado por única vez por cada socio.

VI SEPELIO

Servicio de sepelio categoría «Esmeralda» JARDIN DE LA PAZ
Consiste en dar asistencia integral a los familiares del socio fallecido acorde con la cobertura que incluye el convenio con la empresa y el servicio contratado por la Cooperativa para el efecto, e forma innominada en favor de sus asociados.

Requisitos:

  • Antigüedad mínima del socio fallecido: 1 año
  • Presentar copia de certificado de defunción
  • Autorización firmada por el familiar (Cónyuge y/o descendientes) para la prestación del servicio, asumiendo los mismos la garantía exigida por la empresa.
  • Cualquier sobre-costo producido por las condiciones de distancia, calidad o cantidad del servicio ofrecido, será acordado entre los familiares y la empresa contratada, sin responsabilidad por parte de la Cooperativa.
  • Se asistirá al socio fallecido con los servicios de sepelio contratados por la Cooperativa, con la cobertura del 100% del costo real del servicio, con la condición de que el solicitante presente todos los documentos requeridos por la Cooperativa en el plazo establecido.

PREMIO

II. PREMIO PARA EGRESADOS HIJOS DE SOCIOS/AS

(a) Nivel Medio o Bachiller: La Cooperativa concede a los Ex alumnos 3 socios o socias un premio por la culminación de sus estudios.

Requisitos:

  • Antiguedad Mínima del socio: Al momento del ingreso.
  • Presentar fotocopia de título o certificado de estudios culminados, junto al original o copia autenticada.
  • Presentar Solicitud de Admisión como socio de la Cooperativa por parte del beneficiario.
  • Plazo máximo de presentación de la solicitud: 6 meses

Premio: El premio concedido por la Cooperativa, consistirá en el importe correspondiente a un certificado de aportación y Solidaridad4 equivalente a 12 meses, más lo correspondiente.